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Pensionados


Trabajadores Pensionados

Trabajar es un derecho garantizado en la Constitución Política del Estado de Chile.  Por lo anterior, cualquier persona, si dispone de una fuente laboral y se encuentra en edad de trabajar,  puede hacerlo.

Bajo esta figura, los trabajadores pensionados también pueden continuar trabajando una vez que se haya constituido la pensión. Claro está, una situación de pensión por vejez o invalidez (enfermedad común o de origen laboral), supondrá una pérdida de la capacidad de ganancia, pero en ningún caso, será un impedimento para seguir trabajando.


1.    Situación Previsional en materias de Fondos de Pensiones

  • Pensionado vejez o invalidez total

No está obligado a continuar cotizando.  Si desea optar por esta franquicia que la ley le otorga, debe presentar a su empleador un certificado que acredite su condición de pensionado.  Con esto el empleador respaldará la ausencia de descuento frente a la administradora de fondos de pensiones.

  • Pensionado por Ley de Accidente del Trabajo:

Las pensiones otorgadas por este régimen están afectas a una cotización para el fondo de pensiones.  Por otra parte, el trabajador si desea seguir trabajando, deberá continuar con sus cotizaciones previsionales, las cuales, en conjunto con las que se descuentan desde su pensión mensual, constituirán el saldo que financiará a contar del cumplimiento de la edad legal de retiro, su pensión de vejez.

  • Pensionado por Invalidez Parcial:

Dado que este tipo de pensión es transitorio, el afiliado inválido parcial que continúa trabajando, debe cotizar el fondo de pensiones.

  • Trabajadores mayores de 60 o 65 años

El trabajador que haya cumplido la edad legal para pensionarse, aunque no haya hecho efectivo su derecho a pensión, no se encuentra obligado a descuentos previsionales para el Fondo de Pensiones

2.    Situación Previsional en materias de Salud

Todo trabajador pensionado que continúa trabajando, debe pagar la cotización de salud que corresponde al 7% de la remuneración imponible, la cual debe ser pagada por el empleador en ISAPRE o FONASA.


3.    Situación previsional frente al Seguro de Cesantía

Los trabajadores pensionados se encuentran liberados de cotizar al Seguro de Cesantía, con la excepción de los pensionados por invalidez parcial.