Sociedades Anónimas
- AFP
Las Administradoras de Fondos de Pensiones son sociedades anónimas cuyo objetivo único es la administración de los fondos de pensiones de los usuarios, y el otorgamiento y entrega de las prestaciones y beneficios establecidos en el Decreto Ley N° 3.500. Estas prestaciones y beneficios son:
- Administración de cuentas de capitalización individual, donde cada persona ahorra un porcentaje de su riqueza para la vejez;
- Administración de cuentas de ahorro voluntario;
- Administración de los Fondos de Pensiones;
- Tramitación del Bono de reconocimiento cuando corresponda; y
- Entrega de Pensiones a través del mecanismo de retiro programado.
Las AFP son reguladas por la Superintendencia de Pensiones.
Más información (LINKS):
- Superintendencia de Pensiones
- Modernización de la Seguridad Social
- Asociación Gremial de Administradoras de Fondos de Pensiones
- ISAPRE
Las Instituciones de Salud Previsional son entidades privadas, con o sin fines de lucro, cuyo objeto exclusivo es el financiamiento de prestaciones y beneficios de salud, así como la realización de actividades afines o complementarias a este hecho, las que nunca podrán implicar la ejecución de dichas prestaciones y beneficios ni participar en la administración de prestadores.
Específicamente, las ISAPRE pactan con el usuario un Plan de Salud. Este plan contiene los beneficios mínimos asegurados para toda la población por la ley AUGE, que son: el examen preventivo de salud, el cuidado a la madre durante el embarazo y hasta los seis meses de edad, atención del niño hasta los seis meses de edad, la cobertura mínima del plan de salud y subsidio de enfermedad.
Las prestaciones para medicina curativa y otros beneficios, como salud odontológica o bonificaciones por medicamentos, se definen libremente y explícitamente en el Contrato de Salud respectivo firmado por el individuo y la ISAPRE.
Las ISAPRE pueden ser abiertas o cerradas. Una ISAPRE abierta es aquella que se organiza para recibir a todo tipo de personas, independiente de su calidad laboral y su empleador. Una ISAPRE cerrada es aquella que se organiza para grupos cerrados de trabajadores, los cuales definen las prestaciones y programas de salud en base a sus necesidades propias.
Las ISAPRE son reguladas por la Superintendencia de Salud.
Más información:
- Compañías de Seguros de Vida
Estas compañías cubren los riesgos de los afiliados, o bien se compromete a la entrega de un capital o renta a futuro a éste o a sus beneficiarios. Adicionalmente, puede cubrir los riesgos de accidentes personales o salud.
Su objetivo es, en definitiva, actuar como dispersores de riesgo de un número grande de personas, de tal forma que muchos contribuyan en una pequeña proporción al financiamiento de los siniestros que ocurran al interior de ese grupo.
Participan en el sistema de Seguridad Social del país a través de la obligación, de parte de las AFP, de contratar un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia que cubra la diferencia entre lo ahorrado en la cuenta de capitalización individual del individuo afectado y el valor de la pensión.
Participan también a través de la administración y entrega de pensiones para aquellas personas que eligen recibir éstas a través del sistema de renta vitalicia. Además de esto entregan las asignaciones familiares correspondientes a los beneficiarios de los afiliados.
Estas instituciones son reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros en cuanto a su funcionamiento general y fiscalización de los requerimientos mínimos de existencia. Con respecto a la entrega de las asignaciones familiares, las Compañías deben responder a la Superintendencia de Seguridad Social.
Más información:
- Asociación de Aseguradores de Chile AG
- Superintendencia de Valores y Seguros
- Superintendencia de Seguridad Social
- AFC
La Administradora de Fondos de Cesantía es una sociedad anónima cuyo objetivo exclusivo es la administración de los Fondos de Cesantía y otorgar los beneficios y prestaciones que exige la ley N° 19.728, a saber:
- Recibir cotizaciones para el Seguro de Cesantía de los Empleadores
- Administrar e invertir los recursos de estos fondos
- Acreditar los dineros en los Fondos de Cesantía
- Administrar e invertir los recursos de esos fondos
- Atender las dudas y consultas de público
- Solucionar los reclamos de trabajadores y empleadores y
- Otorgar las prestaciones por cesantía.
La administración de los Fondos de Cesantía se adjudica a través de concurso público. Actualmente, quien tiene asignada la licitación de los Fondos es AFC Chile. La AFC está regulada por la Superintendencia de Pensiones.
Más información:
- Superintendencia de Pensiones
- AFV
Las Administradoras de Fondos para la Vivienda son sociedades anónimas cuyo único objetivo es la administración de los Fondos para la Vivienda. Estos Fondos son constituidos por las instituciones autorizadas como recaudadoras de ahorro, con los recursos acumulados por este concepto. Apoyan el ahorro para la vivienda.
Estas entidades son reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros.
Más información:
- Superintendencia de Valores y Seguros
- Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- OTEC
Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son todas aquellas instituciones autorizadas por el Servicio Nacional de Capacitacion (SENCE) para dar servicios de capacitación: Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica, Liceos Técnico-Profesionales, entre otros. Estos organismos pueden ser contratados por las empresas y, además, pueden concursar para ejecutar programas sociales del SENCE.
Para esto, deben cumplir con la Norma Chilena 2728, para entregar un servicio de calidad, y cumplir todos los requisitos necesarios para formar parte del Registro Nacional de Organismos de Capacitación de SENCE.
Más información:
- SENCE
- EGIS
Las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) son entidades privadas, con o sin fines de lucro, autorizadas por la SEREMI respectiva para asesorar a las familias en todos los aspectos necesarios (técnicos y sociales) que les permitan acceder y aplicar al subsidio habitacional.
Las EGIS deben firmar un convenio de marco con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo donde se detallas las acciones, compromisos y obligaciones que asumen para la preparación, desarrollo y ejecución de los proyectos, así como de los cobros adicionales.
Más información:
- MINVU
- Instituciones de Salud Complementaria
Son instituciones privadas que abordan aquellas áreas que la Seguridad Social tradicionalmente no cubre, y que se financian con aportes extraordinarios de parte de los usuarios interesados en ingresar a ellos. Estas instituciones en Chile son las Mutualidades de Empleadores, las Compañías de Seguros y Bienestar de Empresas.
Ofrecen seguros de salud complementarios, los cuales por lo general son tomados de forma colectiva, seguros de salud catastróficos y seguros indemnizatorios.
Más información:
- Asociación de Aseguradores de Chile AG
- Servicios de Bienestar
Los servicios de bienestar son prestaciones complementarias a la Seguridad Social, sin que exista un límite claro que permita una adecuada identificación de las asistencias que se incluyen.
Los entes que entregan servicios de bienestar en Chile son: Cajas de Compensación de Asignación Familiar, Servicios de Bienestar de las Empresas, ISL, CAPREDENA, DIPRECA y los servicios de bienestar de los empleados públicos.
Las Cajas de Compensación entregan principalmente beneficios sociales a sus afiliados con servicios como cuentas de ahorro, financiamiento de estudios de educación superior, crédito social y prestaciones adicionales entre los que se cuentan bonos por natalidad, nupcialidad, matrícula universitaria, fallecimiento del trabajador o afiliado y fallecimiento de cargas.
Los servicios de bienestar dentro de las empresas se organizan bajo la responsabilidad de alguna gerencia o departamento de personal, y entregan beneficios educacionales, de salud, préstamos, beneficios en deporte, cultura y recreación, seguros y pensiones, subsidios y beneficios generales, además de convenios y descuentos de distinto tipo.
Más información: