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El nuevo modelo de seguridad social contempla la participación del sector privado en la administración de los programas de pensiones, medicina preventiva y curativa, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y prestaciones familiares. Así, el régimen de pensiones es gestionado por Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y Compañías de Seguros de Vida, organizadas jurídicamente como sociedades anónimas; el de medicina preventiva y curativa es administrado por Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES), las que pueden estar constituidas indistintamente como sociedades anónimas o corporaciones de derecho privado sin fines de lucro; los regímenes de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de prestaciones familiares, donde participan las Mutualidades de Empleadores y las Cajas de Compensación, respectivamente, ambas como corporaciones de derecho privado sin fines de lucro; y, por último, el régimen de Seguros de Cesantía cuya gestión es encargada, mediante un proceso de licitación, a una Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía, constituida como sociedades anónimas.

La participación estatal en los programas de pensiones tiene por objeto atender a la población beneficiaria del pilar solidario, creado por la Ley Nº 20.255, de Reforma del Sistema Previsional, junto con hacerse cargo de los afiliados de los regímenes del Sistema previo al instaurado por el DL. 3.500, que optaron por mantenerse en él y a los pensionados que devengan rentas por vejez, invalidez y sobrevivencia en las antiguas Cajas de Previsión. Las funciones correspondientes son realizadas por el Instituto de Previsión Social (ex INP), el que irá gradualmente disminuyendo la población pensionada de los regímenes anteriores al DL 3.500. Sin embargo, a raíz del nuevo sistema de pensiones solidarias, incorporadas por la Reforma Previsional, el Instituto mantendrá sus funciones, encargándose de la administración de este sistema. A su vez, el Fondo Nacional de Salud atiende a la población cuyo ingreso no le permite acogerse a los planes de salud de las instituciones privadas. En materia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el organismo estatal encargado, es el Instituto de Seguridad Laboral, que al igual que el IPS, nace de la separación del ex INP.

Los programas asistenciales son administrados por los Servicios de Salud, la Junta Nacional de Jardines Infantiles, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, el Servicio Nacional de Menores, las Municipalidades, el Servicio de Vivienda y Urbanismo y el Instituto Nacional de Deportes, entre otros.

La relación de los organismos que intervienen en la administración de la seguridad social se presenta en el Cuadro Nº 1.3.2, clasificados de acuerdo con los programas en los que participan y la naturaleza pública o privada de la correspondiente institución.

INSTITUCIONALIDAD DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE

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